Código de Conducta
El editor del Boletín de Estética, i.e. el Centro de Investigaciones Filosóficas, se compromete a cumplir y sostener los criterios para la buena práctica de la publicación académica en todas las etapas del proceso de publicación. Aquí debajo, se ofrece un resumen de nuestro Código de Conducta para editores, revisores de pares y autores, así como nuestros Procedimientos para el Tratamiento de las Faltas de Conducta Académica, que adhiere a las éticas de publicación y las políticas de faltas más recientes. Estas Pautas para la Buena Práctica de Publicación han de ser sometidas a revisión periódica.
Código de conducta
Responsabilidades de los editores
- Actuar de modo equilibrado, objetivo y justo en el cumplimiento de sus funciones previstas, sin discriminación basada en el género, la orientación sexual, las creencias políticas o religiosas y el origen geográfico o étnico de los autores.
- Tratar las presentaciones para suplementos o números especiales de igual forma que las presentaciones ordinarias, de manera que los artículos sean evaluados y aceptados sólo sobre la base de su mérito académico y sin influencias indebidas.
- Adoptar y seguir procedimientos razonables en caso de quejas de naturaleza ética o conflictiva. Otorgar a los autores una oportunidad razonable para responder a cualquier queja. Todas las quejas deben ser investigadas sin importar el momento de aprobación de la publicación original. La documentación asociada a tales quejas debe ser conservada.
Responsabilidades de los revisores
- Contribuir en el proceso de toma de decisiones y colaborar en el mejoramiento de la calidad del artículo publicado, proveyendo una revisión del manuscrito objetiva y en los tiempos oportunos.
- Mantener la confidencialidad de cualquier información suministrada por el editor o por el autor. No conservar o copiar el manuscrito.
- Alertar al editor acerca de cualquier contenido publicado o presentado para publicación ya existente que sea sustancialmente similar a aquél que se encuentra bajo revisión.
- Estar al tanto de cualquier conflicto de interés potencial (financiero, institucional, colaborativo u otras relaciones entre el revisor y el autor) y alertar sobre esto al editor, retirando, de ser necesario, sus servicios para ese manuscrito.
Responsabilidades de los autores
- Constatar que el manuscrito, tal como fue presentado, no se encuentra en consideración ni fue aceptado para ser publicado en otro medio. Reconocer y citar las fuentes dondequiera que una porción del contenido coincida con contenidos publicados o presentados para publicación anteriormente. De manera adicional, proveer al editor de una copia de cualquier manuscrito presentado que pueda contener contenidos coincidentes o estrechamente relacionados.
- Constatar que todo el trabajo del manuscrito presentado es original y reconocer y citar el contenido reproducido desde otras fuentes. Obtener permiso para reproducir contenido de otras fuentes cuando se necesite.
- Declarar cualquier conflicto de interés potencial que podría ser considerado o visto como un ejercicio indebido de influencia en sus deberes durante cualquier etapa del proceso de publicación.
- Notificar sin demora al editor o a la editorial del Boletín si identifica algún error significativo en su publicación. Cooperar con el editor o la editorial para publicar avisos de erratum, addendum o corrigendum, o retirar la publicación cuando se considere necesario.
Responsabilidades de la editorial
- El Centro de Investigaciones Filosóficas, a través de su comité académico, asegurará que se sostenga una buena práctica editorial, adecuada a los criterios arriba señalados.
Procedimientos para el Tratamiento de las Faltas de Conducta Académica
Identificación de comportamientos faltos de ética
- Las faltas de conducta y el comportamiento falto de ética pueden ser identificados y comunicados al editor y a la editorial por cualquiera y en cualquier momento.
- Quien informe al editor o a la editorial acerca de tal conducta deberá proveer suficiente información y evidencia para que se inicie una investigación. Toda acusación deberá ser tomada seriamente y tratada de la misma manera hasta que se alcance una decisión o una conclusión satisfactorias.
Investigación
- El editor debe tomar una decisión inicial, consultando o buscando el consejo de la editorial, de ser apropiado.
- Deberá reunirse evidencia, al tiempo que se mantiene la confidencialidad y se evita difundir cualquier denuncia más allá del ámbito de quienes resulte necesario que estén al tanto.
Infracciones menores
- Las faltas menores pueden resolverse sin recurrir a consejo más extendido. En cualquier circunstancia, el autor deberá tener la oportunidad de responder a cualquier acusación.
Infracciones serias
- Las faltas serias pueden requerir que los empleadores del acusado sean notificados. El editor, en consulta con la editorial, deberá decidir si involucrar o no a los empleadores, sea examinando la evidencia disponible ellos mismos o consultando a un número limitado de expertos.
Resoluciones (en orden ascendente de severidad; aplicables separadamente o en conjunción)
- Informar o instruir al autor o revisor en aquello en que parece haber un malentendido respecto de los criterios aceptables o una mala aplicación de éstos.
- Una carta al autor o al revisor escrita en tono más severo describiendo la falta y haciendo una advertencia para comportamientos futuros.
- Publicación de un aviso formal detallando la falta.
- Publicación de un editorial detallando la falta.
- Una carta formal al responsable del departamento o la entidad financiadora del autor.
- Retracción formal o retiro de la publicación de la revista, en conjunción con la extensión de la información al responsable del departamento del autor o revisor, a los servicios de resumen e indización y a los lectores de la publicación.
- Imposición de un embargo formal a las contribuciones del individuo por un periodo definido.
- Reportar el caso y la resolución a una organización profesional o a una autoridad superior para investigaciones y acciones más detalladas.